El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) emitió el Acuerdo Gubernativo 164-2021: Reglamento para la gestión integral de los residuos y desechos sólidos comunes, la primera normativa en Guatemala que regula de manera integral la recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los residuos y desechos sólidos.
Este acuerdo establece normas sanitarias y ambientales que buscan evitar el deterioro ambiental, reducir la contaminación de los sistemas ambientales y mejorar la salud de los habitantes del territorio guatemalteco.
Para que el reglamento se cumpla, de manera conjunta, las municipalidades, el MARN y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, velarán, dentro del área de sus competencias, que el acuerdo se aplique, fundamentados en un marco jurídico sólido.
“El MARN busca establecer una cultura ambiental sostenible en todo el país, por medio de distintas acciones encaminadas a proteger los recursos naturales y heredar ciudadanos responsables que resguarden la riqueza natural milenaria de Guatemala”, expresó el ministro Mario Rojas Espino.
El MARN coordinará con las municipalidades la elaboración de planes para la gestión integral de los residuos, así como guías, relacionadas con las políticas generales del Estado y con la Política Nacional para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos. Asimismo, promoverá y verificará que las municipalidades cumplan con los objetivos, regulaciones, normas y especificaciones técnicas.
Para la gestión integral de los residuos y desechos sólidos es necesaria la separación desde la generación, así como el almacenamiento temporal, la recolección, transporte, reutilización, reciclaje, tratamiento y disposición final, a la que están sujetas todas las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que, como resultado de sus actividades produzcan residuos o desechos sólidos comunes.
Durante los primeros dos años de vigencia del reglamento, la separación se hará, como mínimo, de acuerdo a la clasificación primaria (orgánico e inorgánico), y las municipalidades que así lo dispongan, de acuerdo a sus políticas y planes, podrán utilizar, inmediatamente, la clasificación secundaria (papel y cartón, vidrio, plástico, metal, multicapa y otros), la cual es obligatoria a partir de los dos años de vigencia.
Los espacios de almacenamiento temporal deberán contar con normas mínimas aplicables a los espacios o sitios, así como la infraestructura, recipientes o contenedores, vehículos de recolección, procedimientos y transporte, deberán cumplir con las normas y disposiciones, regulaciones técnicas, ambientales y sanitarias específicas, detalladas en el acuerdo.
Todas las obras de infraestructura e instalación deberán contar con una autorización sanitaria, antes de su ejecución, de conformidad con las normas del Ministerio de Salud. También los entes encargados de la recolección y transporte, transferencia y reciclaje, entre otros, deberán contar con una autorización ambiental, de conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.
El presente reglamento también busca fomentar la economía circular, un modelo de producción y consumo que valora los materiales de los productos, en el que las materias primas se mantienen más tiempo en los ciclos productivos, lo que implica reciclar, reutilizar, reparar, renovar y compartir. El MARN, en conjunto con los entes sujetos al reglamento, promoverán la recuperación y reutilización de los productos y materiales luego de su uso, para alargar su ciclo de vida, por lo que facilitará alianzas entre actores, sector público y privado, para impulsar modelos de negocio que propicien el desarrollo sustentable.
El MARN también desarrollará un diagnóstico técnico, en los primeros tres años, y con la asistencia de los sectores involucrados, para establecer las medidas de reducción progresiva para impulsar la economía circular.
El incumplimiento, omisión y violación a las normas establecidas en el presente reglamento, así como toda infracción cometida por los entes sujetos a la presente normativa será sancionada por el MARN, cuyos recursos serán destinados a programas para la conservación y mejoramiento del medio ambiente.
Bajo la dirección del ministro Mario Rojas Espino, todo el capital humano del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, trabaja para proteger todos los recursos naturales del país y mejorar la calidad de vida de todos los guatemaltecos, y el Acuerdo Gubernativo 164-2021: Reglamento para la gestión integral de los residuos y desechos sólidos comunes, es solo una de las iniciativas que promueve, para impactar, de manera positiva, a la sociedad guatemalteca, lo que repercutirá en un mejor futuro para todos.