2. Diagnóstico Ambiental Categoría A
1. Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, Acuerdo Gubernativo No.137-2016 y sus reformas.
2. Reglamento Orgánico Interno del MARN Acuerdo Gubernativo No.73-2021. |
3. Listado Taxativo de Proyectos, Obras, Industrias o Actividades Acuerdo Ministerial No.204-2019 y sus reformas.
Requisitos a presentar:
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Tiempo total de trámite:
TOTAL: 163 días
5 días para subsanar previos, 20 días de vista al público, 08 días reunión de ser solicitada (5 de la solicitud y 3 de programación), 75 días de análisis, 15 días para opiniones obligatorias, 15 días para ampliaciones, 15 días de solicitud de prórroga para ampliaciones; y 30 días para resolver y firmar la resolución ambiental. |
Costo del trámite:
Q.750.00
1. El proponente ingresa al Sistema Web.
2. El proponente debe ingresar un usuario y esperar la contraseña que le proporcionará el sistema por medio del correo electrónico designado.
3. El proponente presenta la solicitud de su gestión cumpliendo con los requisitos.
4. El sistema habilita opción de pago (forma de pago: por boleta de orden de cobro o tarjeta de crédito o débito) al completar los requisitos de la gestión. ¿realiza pago? No. El sistema cierra la gestión y notifica al usuario que deberá de realizar una nueva gestión. Fin de Procedimiento. Si: El sistema traslada el expediente a la bandeja del Gestor Ambiental del Departamento de Atención a la Gestión Ambiental de la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales.
5. El Gestor Ambiental del Departamento de Atención a la Gestión Ambiental de la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, revisa requisitos generales. ¿cumple con los requisitos generales? No: ¿Es primera revisión? Si: Se realizan anotaciones solicitando los requisitos al proponente. No: El sistema procede a emitir resolución por incumplimiento de requisitos generales. Fin del procedimiento. Si: Se continúa con el trámite.
6. El sistema valida la gestión y asigna el caso a un Procurador Jurídico de la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, para revisión y análisis de aspectos legales del Instrumento Ambiental y al Director de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, para continuar con el trámite (paso No. 8). 7. Si es necesario ampliar la información legal del Instrumento Ambiental el Procurador Jurídico, realiza las anotaciones de ampliaciones legales para ser solicitadas por Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales del Departamento de Calidad Ambiental de la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
8. El Sistema asigna y remite la gestión a un Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales del Departamento de Calidad Ambiental de la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, para el proceso de análisis y revisión de aspectos técnicos del Instrumento Ambiental.
9. A solicitud de la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, por única vez, se podrá convocar a una reunión entre la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos, el Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales, el proponente y la empresa consultora Categoría A; con la finalidad de realizar una presentación y defensa técnica del proyecto, obra, industria o actividad, a efecto de que esta sirva como elemento de juicio para un mejor resolver. La comunicación entre el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales y el proponente se realizará a través del sistema Web, por medio del correo electrónico consignado en la solicitud. La Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales debe dar respuesta a esta solicitud en un plazo que no exceda de 5 días hábiles a partir de la fecha en la que se presentó la solicitud y se fijará la fecha de reunión en un plazo no mayor a 3 días hábiles. Esta solicitud no se tomará en consideración si es ingresada después de la emisión del dictamen técnico.
10. El Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales, podrán solicitar opiniones a dependencias del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. La dependencia responsable debe emitir opinión dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente del requerimiento por parte del Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales.
11. Recibidas las opiniones internas, el Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales, programan inspección al proyecto, el sistema notifica al proponente, la cual podrá ser reprogramada y se notificará al proponente.
12. El Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales, realizan inspección y carga la boleta de inspección.
13. El Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales, podrán solicitar aclaraciones y/o ampliaciones de información (técnicas y/o legales), estas serán notificadas al proponente, el cual deberá en un plazo de 15 días presentar la información requerida. El plazo antes indicado podrá prorrogarse por una sola vez, por quince (15) días. La prórroga empezará a computarse al día siguiente del vencimiento del plazo otorgado para presentación de aclaraciones y/o ampliaciones.
14. El Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales, continúan con el análisis, revisión del Instrumento Ambiental y emisión del Dictamen Técnico.
15. El Sistema Web, asigna a un Procurador Jurídico, éste realiza la resolución final del Instrumento Ambiental y lo traslada para revisión y firma electrónica avanzada del Director de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, sea esta Aprobada o No Aprobada.
16. El Director de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, recibe la resolución final del Instrumento Ambiental, efectúa revisión. ¿Está de acuerdo? No: Lo envía al Grupo Multidisciplinario de Asesores Ambientales (regresa al paso No. 14) para revisión de análisis. Si: El Director de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, firma la resolución final del Instrumento Ambiental.
17. El proponente recibe un correo electrónico donde se le indica que la resolución final del Instrumento Ambiental está disponible para su descarga e impresión.
18. El sistema cambia su estatus a Cerrado. Fin del procedimiento. |