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Dirección de Formación y Participación Social
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Plan de Implementación de la Política Nacional de Educación Ambiental de Guatemala
Acuerdo Ministerial Numero 405-2018
América Latina y el Caribe adopta su primer acuerdo regional vinculante para la protección de los derechos de acceso en asuntos ambientales
Delegados de los países asistentes a la novena reunión del Comité de Negociación sobre el Principio 10 de la Declaración de Río aprobaron el texto final en Costa Rica.
Representantes de 24 países de América Latina y el Caribe reunidos en San José, Costa Rica, adoptaron hoy el primer acuerdo regional vinculante para proteger los derechos de acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo), un instrumento legal inédito para la región.
Al término de la Novena Reunión del Comité de Negociación del Acuerdo Regional sobre el Principio 10, los delegados gubernamentales, junto a representantes del público y expertos de organismos internacionales, acordaron el texto final del acuerdo, que se viene negociando desde 2014, y en el cual se consagra también la protección de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales.
La ceremonia de clausura estuvo encabezada por Luis Guillermo Solís, Presidente de Costa Rica, y Alicia Bárcena, Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), organismo regional de las Naciones Unidas que actúa como secretaría técnica de este acuerdo.
También participaron Edgar Gutiérrez, Ministro de Ambiente y Energía de Costa Rica; Marcelo Mena, Ministro del Medio Ambiente de Chile; y Alejandro Solano, Ministro subrogante de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica.
“Este acuerdo que se ha logrado aquí en Costa Rica es un punto de inflexión; es una muy buena noticia para un continente que la requiere mucho en su lucha contra la delincuencia, la pobreza, la desigualdad y el odio. También es crucial para la supervivencia misma de nuestra especie”, señaló el Presidente Solís en sus palabras al cierre del encuentro.
El Mandatario indicó que es necesario traer a las personas a las decisiones en materia ambiental, hacerlas partícipes del desarrollo, ya que “el derecho a un ambiente sano es un derecho humano”, declaró. Destacó además la relevancia jurídica del acuerdo y de la “democracia ambiental” como un nuevo término legal que implica la participación del todos en la protección del ambiente.
Por su parte, Alicia Bárcena recalcó la importancia de este proceso que culmina hoy con la adopción del primer acuerdo regional vinculante en materia de democracia ambiental. “Con este acuerdo, América Latina y el Caribe atestigua su firme e inequívoco compromiso con un principio democrático fundacional: el derecho de las personas a participar de manera significativa en las decisiones que afectan sus vidas y su entorno”, señaló.
Bárcena agregó que este acuerdo regional, junto con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y el Acuerdo de París sobre Cambio Climático, responden a la búsqueda de respuestas de la comunidad internacional por cambiar el actual estilo de desarrollo y “para construir sociedades pacíficas, más justas, solidarias e inclusivas, en las que se protejan los derechos humanos y se garantice la protección del planeta y sus recursos naturales”, declaró.
“El gran mérito de este acuerdo regional está en colocar a la igualdad en el centro de los derechos de acceso y, por ende, en la sostenibilidad ambiental del desarrollo”, indicó la alta funcionaria de las Naciones Unidas. “Este es un acuerdo de segunda generación que vincula el medio ambiente con los derechos humanos y los derechos de acceso, y que sin duda va a contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030”, dijo.
Según el texto final aprobado hoy, el objetivo del acuerdo es “garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible” (artículo 1).
Además, señala en su artículo 9 que “cada Parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad”.
También se establece la creación de una Conferencia de las Partes (artículo 15), que será convocada por la CEPAL a más tardar un año después de la entrada en vigor del presente acuerdo y se celebrarán reuniones ordinarias a intervalos regulares, según lo que decida la Conferencia.
En el texto se señala que el acuerdo estará abierto a la firma de todos los países de América Latina y el Caribe (33 naciones) en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, del 27 de septiembre de 2018 al 26 de septiembre de 2020, y que estará sujeto a la ratificación, la aceptación o la aprobación de los Estados que lo hayan firmado.
En el acta final de la Novena Reunión del Comité de Negociación del Acuerdo Regional sobre el Principio 10, los países signatarios invitan a todos los Estados de América Latina y el Caribe a que firmen y ratifiquen este acuerdo tan pronto como sea posible, y agradecieron a la CEPAL por su apoyo, y al público por su significativa participación durante el proceso de negociación.
Además, solicitan a la CEPAL que realice las gestiones necesarias para remitir el texto final al Secretario General de las Naciones Unidas, a fin de que sea el depositario del acuerdo, y expresan que se informará la adopción de este instrumento legal al trigésimo séptimo período de sesiones de la CEPAL, máxima instancia de la institución, que se realizará en La Habana, Cuba, del 7 al 11 de mayo de 2018.